Cuando los delitos son materializados por un menor de edad, hay una serie de factores que el Juzgado debe tomar en cuenta en el proceso penal del responsable, con el fin de otorgar un castigo de forma adecuada, es decir, la sanción correspondiente, entre ellos deben considerarse los derechos legales con los que cuenta el menor, y todas las circunstancias que se presentaron en el lugar de los hechos para lograr cerrar el caso con justicia y responsabilidad.
Por su parte, para que una sentencia sea emitida por un Tribunal, las autoridades competentes deben tomar en cuenta la edad y el delito del que está siendo acusado, ya que de estos elementos depende la magnitud de la condena, debido a que si el adolescente imputado es mayor de 16 años y cometió un acto ilícito violento o de gravedad, podría ser juzgado como un adulto, trayendo mayores consecuencias al respecto y un duro porvenir para el mismo.
Asimismo, es necesario que todos los aspectos relacionados al caso sean evaluados por las partes vinculadas e interesadas, para poder emitir un veredicto final, ya que al tratarse de un menor de edad, antes de encerrarlo en una prisión, lo lógico es tratar de que el acusado reciba ayuda con el fin de que pueda rehabilitarse para no volver a reincidir en la comisión de delitos, en vez de recibir sanciones que empeoren la situación de vida que tiene el adolescente.
En el caso de que su hijo o usted esté siendo acusado de ser el responsable de un delito violento y se encuentre en Orange County, debe solicitar asesoría legal en la brevedad posible, ya que un juicio de un menor de edad tiene diversos aspectos importantes que deben ser revisados y discutidos para conseguir los resultados esperados por parte de la defensa. Por lo tanto, no dude en solicitar los servicios legales del Bufete Orange County Criminal Attorney Law Firm, en donde siempre estamos dispuestos a brindarle la ayuda necesaria para resolver cualquier situación legal.
¿La comisión de cuáles delitos representa un juicio de adulto para un menor de edad?
Cuando un adolescente comete un acto ilícito violento o de gravedad y tiene 16 años cumplidos o más, o lo ejecutó teniendo menos edad pero fue capturado después, corre el riesgo de ser enjuiciado por un Tribunal para adultos en donde el castigo indiscutiblemente podría ser más severo y acarrea mayores consecuencias para la persona procesada penalmente.
Es importante destacar que antes de los 16 años no puede ser procesado un menor en un Tribunal dirigido a adultos, ya que las leyes cambiaron al respecto en el SB 1391 (proyecto de ley), en donde ya no está permitido que sean procesados adolescentes que tengan 14 años o menos, sino a partir de la edad ya expuesta, es decir aunque se trate de un menor de edad y puede que el caso amerite ser enjuiciado en una Corte Judicial de adultos, para que este contexto se dé, existen límites y uno de ellos en estos casos es la edad del procesado.
De acuerdo a lo expuesto, es necesario dejar claro cuáles son algunos de los hechos ilícitos por los que un adolescente podría ser judicializado como un adulto, ya que a través de ellos se mide la capacidad que tiene el menor de ejecutar crímenes, y/o el nivel de intelectualidad que tiene el procesado para planificar un acto delictivo. Tales delitos están estipulados en el Código de Bienestar e Instituciones (WIC), pero esta lista no es limitativa, ya que solo son algunos de ellos, y estos son los siguientes:
- Caos agravado
- Homicidio voluntario
- Robo
- Incendio provocado
- Asesinato
- Tortura
- Manejar disparando
- Sodomía
- Secuestro (para solicitar rescate, causar daños corporales)
- Copulación oral
- Robo de vehículo
- Otros
Un adolescente de 16 años responsable de un hecho ilícito violento ¿Es juzgado por un Tribunal de adultos obligatoriamente?
No precisamente debería ser Juzgado como un adulto, ya que para poder procesar a un adolescente en estos Tribunales, es necesario que inicialmente se presente una moción que permita la transferencia de la competencia de dicho proceso judicial del menor a una jurisdicción penal, en donde posteriormente la máxima autoridad programaría una audiencia destinada a transferir al menor para poder decidir si el adolescente sería juzgado o no como adulto.
¿En qué consiste una audiencia de transferencia de menores?
La decisión de transferir el caso de un adolescente a un Tribunal de adultos es tomada por el Juez competente, en este contexto se evalúan ciertos criterios para tomar esta determinación, ya que no obligatoriamente si el menor tiene 16 años cumplidos y ejecutó un delito mayor o violento, debe ser procesado por un sistema judicial de adultos. En este orden, el Juez considera ciertos elementos para poder indicar que debe realizarse una audiencia de transferencia del menor que está siendo procesado, entre ellos se encuentran los que se mencionan seguidamente:
- Que el menor pueda rehabilitarse tiempo antes de que del Tribunal la jurisdicción expire, sin dejar de lado el potencial de madurez que tenga el adolescente y otros elementos relevantes.
- Los antecedentes criminales del adolescente, en donde se consideran hechos ilícitos previos, así como también el entorno en el que se desenvuelve el menor (comunidad, familia, o traumas de la infancia).
- El éxito que hayan tenido los intentos anteriores del Tribunal en cuanto a la rehabilitación del adolescente, evaluando si los programas de reinserción social asignados fueron los más adecuados o no.
- La gravedad del delito cometido que se manifiesta en la acusación, considerando la conducta del adolescente, desarrollo emocional, estado mental, y la magnitud de su participación en el acto ilegal.
Todos estos enunciados son algunos de los aspectos que podría considerar el Juez para poder dictaminar una audiencia de transferencia, pero la decisión podría ser emitida también debido a cualquier circunstancia de relevancia que haya sido parte del delito.
Entre otros aspectos importantes que el Juez toma en cuenta para poder emitir una decisión final, se encuentra el informe elaborado por el oficial de libertad condicional, en donde legalmente debe incluirse patrones conductuales, historia social referente al adolescente, y las declaraciones que la víctima haya emitido.
De acuerdo a todos los lineamientos que deben seguirse para poder llevar a cabo una audiencia de transferencia, los cuales ya han sido mencionados anteriormente, es importante y necesario que el adolescente imputado cuente con la representación de un buen abogado, ya que son muchos los elementos que deben ser evaluados y presentados ante la Corte con responsabilidad para que la autoridad máxima (El Juez), pueda tomar decisiones al respecto, y ordenar que el menor sea trasladado al Tribunal para adultos, o en el mejor de los casos sea judicializado como un adolescente, situación que sería menos perjudicial para el porvenir del acusado.
La decisión del Juez ¿Puede apelarse?
El recurso de apelación en estos casos sí puede utilizarse, ya que cuando no se está de acuerdo con la decisión dictaminada por el Juez, que en este caso sería la transferencia de un menor imputado hacia el Tribunal de adultos, se puede pedir la reconsideración de dicha decisión, y en este caso sería a través de la apelación, recurso que consiste en solicitar una revisión de la decisión final del Juez, ya que se cree que no se encuentra apegada a las leyes y al respeto de los derechos del menor, es decir, la defensa podría considerar que dicha decisión violenta los derechos del adolescente, y por tal motivo debe ser reconsiderada.
De tal forma debe aclararse que la solicitud de apelación debe hacerse en un lapso de tiempo comprendido de 20 días después de que el menor haya sido judicializado debidamente en una Corte Penal, de otro modo podría perder el derecho de utilizar este recurso y tendría que apegarse a los lineamientos emitidos por el Juez.
¿Cuál es el proceso a seguir con un menor en el Tribunal de adultos?
El procedimiento que debe llevarse a cabo en este Tribunal, es básicamente igual al que un menor podría enfrentar en un Tribunal de adolescentes, en donde inicialmente se presenta la respectiva lectura de todos cargos, seguida de las audiencias para fianzas, para poder pasar a la fase previa del juicio, y luego proceder al juicio como tal, y que el acusado finalmente sea condenado como lo estipula la ley.
En este sentido, es importante que la parte defensora supervise que el proceso de judicialización se ejecute como es debido y que todos los derechos del menor sean respetados. A continuación se explican cada uno de los pasos a seguir con detalles. Estos son:
Lectura de todos los cargos
Cualquier proceso de judicialización, se da inicio mediante la lectura de los cargos penales que enfrenta el acusado, por esta razón la primera audiencia está destinada a llevar a cabo dicha acción, quedando así formalmente acusado el menor responsable del delito en cuestión. Una vez realizada esta parte del proceso, la máxima autoridad como requerimiento amerita que el imputado se declare culpable o inocente. En el caso del que acusado asuma la culpabilidad en esta primera audiencia, el Juez está en el deber de programar la próxima audiencia con el fin de dictaminar condena, en caso contrario, si el imputado declara que es inocente, la siguiente audiencia sería para establecer el monto que pagarían por la fianza, es decir, todo depende de las declaraciones del acusado.
Audiencias para fianza
En estos casos existen algunas alternativas favorables para el menor imputado cuando es Juzgado en un Tribunal de adultos, y una de ellas sería tomar en cuenta la posibilidad de pagar una fianza, solución que no es viable cuando el adolescente es judicializado en la Corte de menores, debido a que cuando un menor es arrestado queda en ese estado hasta que se dictamine si es culpable o no de la comisión del hecho ilícito, es decir, no existe la opción de pagar una fianza.
De otro modo, si el adolescente es judicializado en la Corte Penal de adultos y declara su inocencia en la audiencia, en donde se presentan los cargos penales por los cuales está siendo imputado, seguidamente se pautará la audiencia para establecer el monto respectivo de una fianza, con el fin de que el procesado continúe en libertad en tanto termina el procedimiento judicial.
En este contexto la defensa utiliza esta audiencia para presentar ante el Juez, pruebas como la no existencia de antecedentes criminales, que permitan que el monto a pagar sea reducido si se establece una fianza, o su eliminación.
¿Cuáles decisiones podría tomar la máxima autoridad en una audiencia de fianza?
Existen tres opciones que puede tomar el Juez al respecto. Estas son:
- Otorgar la libertad al menor bajo su responsabilidad, situación en donde el imputado se compromete a regresar al Tribunal en el tiempo programado, es decir, se cree que el menor cumplirá con el acuerdo.
- Establecer el monto a pagar de la fianza.
- La negación de otorgar la posibilidad de fianza por razones de seguridad, o al menos porque el Juez sospecha que el adolescente no es capaz de cumplir con el acuerdo de volver a la siguiente audiencia programada.
Es importante aclarar que existen elementos que son considerados por el Juez para poder decidir sobre una audiencia en donde se establezca el monto de una fianza, entre ellos: Si el menor cuenta con antecedentes criminales o no, la gravedad de los cargos que están siendo imputados, las circunstancias en las que se dieron los hechos, el riesgo de fuga del menor, ya que puede que no cumpla con los acuerdos realizados en la Corte, entre otros aspectos de suma importancia durante el proceso penal.
Fase preliminar al juicio
Esta fase se da una vez que el menor haya declarado su inocencia y el proceso de fianza haya quedado resuelto. Entonces así podrá continuar el procedimiento previo al juicio, que es la etapa en donde generalmente quedan resueltos en su mayoría todos los casos. Aquí se lleva a cabo la comparecencias en la Corte, también se presentan las mociones, las pruebas relevantes, y uno que otro acuerdo respectivo con la parte acusadora.
Si se da el caso en el que el hecho ilícito por el que está siendo señalado el menor es un delito grave o violento, en la fase preliminar del juicio es en donde el Juez rectifica las evidencias presentadas, para concluir si existe alguna causa de probabilidad, que indique que el menor haya sido capaz de la comisión del hecho ilegal en sí. En este orden, si el Juez determina que si existe una causa que pruebe la ejecución del delito, el proceso judicial seguiría en desarrollo, en caso contrario, podría quedar desestimado. Entonces puede afirmarse que dicha audiencia es de suma importancia y necesariamente el menor debe contar con una defensa experta en casos de menores.
Asimismo, es oportuno aclarar que las mociones pueden definirse como peticiones que se hacen con el propósito de que la máxima autoridad ejecute una determinada acción. Estas podrían ser peticiones para que una información sea anulada, en donde se solicita la revisión de todos los cargos imputados sobre el adolescente para que puedan ser desestimados.
Por otro lado, puede que se emita el movimiento de pitchess, moción que comprende la solicitud de la información del archivo individual del oficial, para examinar negligencias previas en el comportamiento policial. Esta acción se realiza para poder desacreditar al policía vinculado al arresto del menor, situación que permite emplear otras estrategias de defensa, entre ellas presentar una moción para poder suprimir evidencia, es decir, si se logra demostrar que en el arresto, el oficial policial no tenía causas probables para detenerlo, podría solicitarse ante la autoridad máxima, que suprima las pruebas obtenidas de una incautación y un registro en donde no existían dichas causas probables y por lo tanto el procedimiento no cuenta con legalidad.
De tal manera, en este proceso el menor debe estar respaldado en la Corte Penal por un abogado defensor que demuestre la inocencia del mismo, o en su defecto, logre la reducción de cargos penales, ya que de todo esto depende el futuro y porvenir del adolescente, y para tales fines se debe realizar un estructuración adecuada de todas las estrategias necesarias para lograr una buena defensa y convencer al Juez de la inocencia del menor.
El juicio
Finalmente la etapa del juicio se da cuando no se obtiene ninguna solución en la fase preliminar al juicio, en este Tribunal se cuenta con un jurado, situación que no se amerita en un Tribunal de menores, es decir, esta es una de las diferencias entre ambos procesos de judicialización, en donde a su vez, la parte acusadora tiene la responsabilidad de demostrar ante la Corte, que el menor fue el autor del delito del que se le acusa más allá de cualquier duda razonable. Para contrarrestar el trabajo del Fiscal, el abogado defensor debe presentar evidencias que debiliten la acusación en contra del adolescente.
La sentencia
Como punto final del proceso judicial del menor, si se determina la culpabilidad del acusado, el Juez tiene el deber de emitir una condena acorde al delito que cometió el menor en cuestión, y será dictaminada el día pautado para tales fines, en donde se daría por finalizado el proceso de judicialización del adolescente.
¿Cuál condena puede recibir un menor en un Tribunal de adultos?
Para que un menor reciba castigo por el delito que cometió se deben tomar en cuenta ciertos aspectos, entre ellos las consecuencias de carácter legal que amerita ser sancionado por un Tribunal de adultos. En este sentido, se debe aclarar que el condenado no irá a una prisión hasta que cumpla en edad 18 años, mientras tanto tendría que cumplir su sentencia en la División de Justicia Juvenil, en donde tendrá actividades de rehabilitación de acuerdo a sus necesidades y su edad, con el fin de iniciar el proceso de reinserción social y mejore su comportamiento y calidad de vida.
Por otro lado, cabe destacar que el lugar en donde funciona la División de Justicia Juvenil, es lo más semejante a una cárcel de adultos, es decir, viene siendo el castigo más severo que podría recibir un menor judicializado por una Corte Penal de adolescentes. No obstante, podría suceder que el adolescente cumpla sus 18 años, aún se encuentre en los espacios de la DJJ, y la condena del menor finalice antes de cumplir los 21 años, situación que podría ser evaluada por el Juez según su criterio, y dictaminar que el condenado termine su castigo en dichas instalaciones sin ser trasladado a una prisión de adultos.
¿Cómo consigo a un abogado de menores cerca de mí?
Los casos de procesos judiciales en donde el autor del delito es un menor de edad, son el doble de complicados en comparación con el proceso de judicialización de un adulto, ya que deben resguardarse los derechos del adolescente y tomarse en cuenta ciertos criterios para que el Juez pueda dictaminar una condena al respecto.
Si usted o su hijo están enfrentando cargos criminales por la comisión de un delito, y se encuentran en Orange County, es probable que necesiten ayuda y orientación legal para resolver el caso de la manera más justa posible, ya que el menor de edad podría ser trasladado por decisión de un Juez a un Tribunal de adultos, y en este sentido la condena podría ser más severa de lo que le corresponde. No permita que las riendas de la defensa del adolescente imputado, las lleve un abogado que no esté especializado en el tema de menores, ya que lo ideal es conseguir demostrar la inocencia del acusado o en su defecto obtener la reducción de cargos.
Si desea la asesoría de un abogado experto en el tema de defensa de menores, entonces debe llamar al grupo de abogados pertenecientes al bufete Orange County Criminal Attorney Law Firm, a través del número telefónico 714-831-1858, o mediante su página web. No dude en pedir ayuda lo antes posible, su tranquilidad es lo primero. ¡Llame ahora!