En California es muy común que al ir caminando por sus calles, se vean ciertas personas pintando en paredes o muros sus grafitis. Esto es considerado un delito de vandalismo, puesto que con esto se está dañando o deteriorando una propiedad de otro individuo, esto no será así en aquellas situaciones donde el graffiti sea una muestra de arte.

En este sentido, el vandalismo es todo acto ilícito que se produce cuando se causan daños o se destruye una propiedad de otro sujeto. Aun cuando estos actos se relacionan con personas jóvenes, en realidad abarca cualquier individuo que de forma intencional destruye la propiedad ajena, en este sentido será culpable de este hecho ilícito.

Ahora bien, se debe aclarar que los actos vandálicos no se limitan solo a realizar grafitis que puedan pintarse en alguna propiedad sin contar con el permiso de su dueño, sino que hace referencia a diversas conductas con las que se produce una destrucción, daño o distorsión de una propiedad perteneciente a otra persona. Es por ello que acciones tan sencillas como romper un buzón, dañar los neumáticos del automóvil de un vecino, escribir sobre cualquier superficie pública es considerado como suficiente para que se tenga por configurado este hecho ilícito.


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En caso de que usted o alguno de sus familiares enfrente cargos por vandalismo, y se encuentre en Orange County, CA, debe comunicarse inmediatamente con el escritorio jurídico Orange County Criminal Attorney Law Firm quienes cuentan con los abogados más capacitados en el área, que elaborarán las estrategias más adecuadas a su caso. No lo dude más, y llámenos inmediatamente.

¿Qué se entiende por vandalismo?

De acuerdo a la normativa del Estado de California, especialmente en el artículo 594 PC, señala que el vandalismo se da cuando una persona daña, destruye o distorsiona de una manera maliciosa una propiedad perteneciente a otra, sea esta privada o pública. Ya que la norma lo que busca es resguardar a todo propietario y su bien, frente a posibles daños producidos por terceros.

Por su parte, dependiendo de la suma total producto de los daños ocasionados en el bien, este acto se clasificará de la siguiente manera:

  • Si la suma del daño causado en el bien es menor a $400, el hecho será calificado como un hecho ilícito menor.
  • Si la suma del daño causado en el bien es de $400 o mayor, este acto será calificado como un hecho ilícito mayor.

A través de los siguientes escenarios se dan ejemplos de situaciones que podrían ocasionar que un sujeto sufra acusaciones por cometer vandalismo, estas son:

  • Un joven artista pasa su tiempo pintando murales, y descubre que cerca de su vivienda abrió una nueva tienda la cual tiene una pared recién pintada, y da hacia la avenida. Este lo observa como una oportunidad para darse a conocer, y pinta dicha pared. El propietario de la tienda, al darse cuenta de esto, llama a los oficiales de la policía y realiza la denuncia. En esta situación, el joven podrá enfrentar una acusación por vandalismo, puesto que cambió la propiedad perteneciente a otro, al pintar la pared sin contar con el permiso del dueño.
  • Una mujer se entera que su novio le está siendo fiel, así que muy molesta va hacia el vehículo de este, y le raya las puestas con unas llaves. Cuando la pareja se percata de lo ocurrido denuncia esta situación a las autoridades. En esta situación la mujer sufrirá acusaciones por cometer vandalismo, ya que dañó de manera intencional la propiedad de otro.

¿Qué sanciones son impuestas por llevar a cabos actos vandálicos?

Al hablar sobre esto es necesario tener presente que el patrón de sanciones que se encuentra establecido con el fin de penalizar a todos ciudadanos que cometen actos de tipo vandálico, es complejo, puesto que las sanciones dependen de las características y circunstancias del hecho, así como la gravedad de los daños provocados.

Es por ello que se explicarán los aspectos más importantes en relación a las sanciones.

Actos vandálicos con daños por un valor menor a los $400. Si los daños ocasionados a una propiedad son por un monto inferior a $400, el hecho es calificado como delito menor. En casos de este tipo las sanciones a imponerse pueden ser:

  • Pago de multas por un monto de $1.000 como máximo.
  • Cumplir un año recluido en una cárcel del condado.
  • Medida de libertad condicional sumaria.

Nota: Se debe tener presente que en relación a la multa que, si la persona cuenta con una condena anterior por vandalismo, el monto a pagar por la multa incrementa, pudiendo llegar incluso a los $5.000.

Por otro lado, cuando el hecho vandálico es por valor igual o superior a los $400. Entonces el hecho será catalogado como un “wobbler”, por lo que la fiscalía, cuenta con la posibilidad de adoptar una posición de acuerdo a las características del caso, el historial criminal del acusado (si lo posee), esto para determinar si el caso será procesado como menor o mayor.

Si la condena es por un delito menor:

  • Pago de multas por un monto de $10.000 como máximo.
  • Cumplir un año recluido en una cárcel del condado.
  • Medida de libertad condicional sumaria.

Nota: En relación a la multa es necesario tener presente que si el valor de los daños ocasionados es de $10.000 o más, el monto a pagar por la multa deberá incrementar, por lo que incluso podría llegar a los $50.000.

Si la condena es por un delito mayor:

  • Pago de multas por un monto de $10.000 como máximo.
  • Cumplir tres años recluido en una cárcel del condado.
  • Medida de libertad condicional formal.

Nota: La regla anterior relacionada con el valor de la multa, también aplica para este caso. En consecuencia, si el valor de los daños es igual o superior a los $10.000, entonces el monto a pagar por la multa incrementará hasta los $50.000 como máximo.

Si los daños son por un valor menor a los $250. Se debe ser consciente que está es una situación excepcional y muy particular. En casos de este tipo, cuando el individuo no cuenta con antecedentes penales por algún acto vandálico previo, y el monto de los daños ocasionados es menor a los $250, el hecho puede ser catalogado como una infracción. Sobre esto vale la pena señalar que una infracción, no requiere que se imponga alguna pena de prisión, como es el caso de los delitos, ya que solo es necesaria la imposición del pago de las multas. Esto quiere decir que, si se considera que la persona cometió una infracción por un hecho vandálico, solo deberá pagar el monto que le sea impuesto por concepto de multa, el cual tendrá un valor de $1.000 como máximo, así como el cumplimiento de su servicio comunitario.

Por otra parte, si el valor de los daños es menor a los $250, pero la persona previamente había sufrido una condena por un acto de vandalismo, ya no será posible que el hecho se califique como una infracción, lo que quiere decir que será considerado un delito.

También existen otras consecuencias además de las ya mencionadas, se debe tener claro que si una persona es declarada culpable de haber llevado a cabo actos vandálicos, y se le concede la medida de libertad condicional, entra en las potestades de la Corte determinar si el sujeto en si deberá o no prestar servicios comunitarios, es decir que, a la persona condenada se le puede imponer que repare, limpie o que reemplace la propiedad en la que ocasionó los daños, así como que limpie por un año grafitis, incluso si los graffitis no los haya realizado el mismo.

Cabe señalar que, en relación a las condiciones que pueden ser impuestas para la libertad, existe la posibilidad de que la Corte decida que la licencia de la persona condenada sea suspendida por un tiempo de hasta 2 años. Mientras que si la persona aún no cuenta con una licencia en el momento en que la condene es emitida, entonces la Corte tiene la posibilidad de retrasar la emisión de la misma, en consecuencia, deberá esperar que transcurran entre 1 y 3 años, para conseguirla. Si un caso como este se presenta, la persona cuenta con la oportunidad de aplicar para obtener la “licencia restringida”, para ello deberá presentar una solicitud en el Departamento de Vehículos Automotores.

Finalmente existen otro grupo de consecuencias que tienen origen a partir de las condenas por actos de vandalismo, estas se encuentran estrechamente vinculadas con los efectos negativos que pueden traer los antecedentes penales en la vida de un individuo. Ya que, estos pueden tener un impacto negativo a nivel personal, laboral, sentimental, afectando incluso sus oportunidades de conseguir una vivienda para rentar.

¿Qué debe probar la Fiscalía para que una persona sea condenada por este delito?

En principio para que una persona pueda ser condenada por realizar actos de vandalismo de acuerdo a la norma 594 PC, la Fiscalía debe probar la concurrencia de los hechos señalados a continuación:

  • El sujeto actuó de manera maliciosa.
  1. Distorsionó con un grafiti o cualquier material inscrito.
  2. Daño.
  3. Destruyó propiedad
  • El sujeto no era el propietario del bien.
  • La suma total del daño es menor, igual, o mayor a $400. Esto será necesario para determinar la manera en que se calificará esta conducta.

Actuar Maliciosamente

Actuar maliciosamente significa cometer de forma intencional algún acto que está prohibido en la norma, o el actuar con el propósito de herir o molestar a otro sujeto. De manera que, si una persona conduce un vehículo y por accidente choca contra un buzón para el correo, es notorio que no contaba con la intención de generar ese daño maliciosamente. Distinto sería, que la persona se encuentre enojada con uno de sus vecinos, y con un bate dañe el buzón.

En este sentido, la intención será fundamental para determinar si se dio el acto vandálico o no. Ya que, si el sujeto actuó accidentalmente y produjo el daño, pero no se dio por actuar maliciosamente, entonces no será condenado por este delito.

Distorsionar con un grafiti o cualquier material inscrito

Hace referencia a cualquier clase de palabra, inscripción, marca, o figura que no fue autorizada y se encuentra:

  • Rayada
  • Grabada
  • Dibujada
  • Marcada
  • Pintada

En la propiedad de otra persona. Es decir, cualquier clase de escrito que no se encuentre autorizado o dibujo que fue elaborado usando diferentes herramientas, basta para que según la norma se conciba que se distorsionó o alteró la propiedad perteneciente a otro individuo. De igual forma, no tendrá importancia si esto puede ser borrado con facilidad o es permanente, ya que en ambas situaciones se estará incurriendo en esta conducta ilícita.

Un ejemplo de esta situación se da cuando una persona consigue un marcador el cual es fácil de borrar, y deja un mensaje en alguna ventana de su vecino, y aunque lo escrito se puede eliminar muy rápidamente de la superficie, igualmente esta seguirá siendo considerada culpable de perpetrar este ilícito.

El sujeto no es el propietario del bien

Es importante aclarar que, si el sujeto es el propietario o dueño del bien, no será condenado por este delito, pero este punto es fundamental tenerlo claro, ya que sucede que el sujeto puede ser propietario del bien, pero en conjunto con otro. En esta situación, aun cuando el sujeto sea el verdadero dueño de la propiedad, esta es compartida con otra persona, y si este la daña, distorsiona, o destruye, entonces podrá enfrentar cargos por esta conducta.

Esto suele presentarse en relaciones sentimentales, como es en los esposos donde alguno motivado por la ira y los celos, escribe algún mensaje en el bien que le pertenece a ambos.

Finalmente, se debe añadir que una persona comete vandalismo cuando destruye, distorsiona o daña, no solo la propiedad que es privada sino la propiedad pública. De manera que, si una persona está en algún parque y daña los bancos para poder sentarse, en el jurado se asumirá que ella no es la propietaria de ese bien, y por lo tanto no contaba con la autorización para ocasionar el daño.

La suma total del daño ocasionado

El tener en cuenta la suma total del daño causado en la propiedad se considera fundamental, ya que permitirá determinar la manera en que es procesado este delito.

Es muy fácil determinarlo, puesto que solo se requiere tomar el monto de $400 para la referencia, ya que, si el costo a reembolsar o reparar es menor a esta cantidad, la Fiscalía sólo podrá procesar el delito como un hecho ilícito menor. Pero, si es igual o mayor a esta cantidad, esta conducta se va a convertir en “wobbler” por lo tanto, hay probabilidad de que se califique como un hecho ilícito mayor.

En relación al “wobbler” se debe destacar que es muy común en el Estado de California, y mediante este se le permite a la Fiscalía procesar el delito según su criterio, considerándolo como un hecho ilícito mayor o menor. Es por ello, que en español el término significa “tambaleante” porque el hecho queda tambaleando en ambas clasificaciones.

En relación a esto, un sujeto que reciba la calificación como delito menor recibirá sanciones menos fuertes, sin embargo la Fiscalía generalmente busca que los cargos impliquen condenas severas, para que así sea procesado como un hecho ilícito mayor, es por ello que contar con un abogado penalista que tenga amplia experiencia en este tipo de casos es fundamental, ya que lo va a representar en el proceso, y creará duda en las personas del jurado, en relación a la estimación de la cantidad de daño sufrido.

Por último, si alguna persona sufre acusaciones por cometer varios actos relacionados con el vandalismo, y en caso de que la Fiscalía compruebe que estos fueron realizados en una sola intención, o plan que lo impulsó a realizarlo, los sumará a todos. Y si el total del daño es de $400 o mayor, de acuerdo a lo anteriormente señalado, la Fiscalía formulará cargos por vandalismo como un hecho ilícito mayor.

¿Existe la posibilidad de eliminar una condena en razón de este delito?

Esto es posible, ya que si una persona recibe alguna sentencia de libertad condicional podrá eliminar sus antecedentes criminales, cuando haya terminado de forma satisfactoria lo ordenado por la autoridad judicial.

Sin embargo, el juez podrá negarse a esta eliminación, en caso de que el sujeto incumpla las condiciones o términos que le fueron impuestos.

¿Qué circunstancias ocasionan un aumento en la condena?

Se dan ciertas circunstancias, que debido a su gravedad aumentarán una condena por este hecho ilícito. Estas son:

  • Que estos actos de vandalismo constituyan delitos de odio.
  • Que el sujeto se encuentre vinculado o forme parte de alguna pandilla.
  • Que este acto se realizará en contra de una iglesia o un sitio donde rinden culto.

¿Qué delitos tienen relación con el vandalismo?

Son diversos los hechos ilícitos que pueden guardar relación con el vandalismo, entre estos se encuentran:

  • Invasión a la propiedad ajena (regulado en el artículo 602 PC)
  • Incendio provocado (regulado en el artículo 452 PC)
  • Dañar líneas telefónicas, eléctricas o de servicios públicos (regulado en el artículo 591 PC)

¿Qué argumentos de defensa pueden usarse en este tipo de delitos?

En muchas oportunidades los sujetos son acusados de perpetrar un hecho ilícito simplemente por encontrarse en un sitio y momento equivocado. Sin embargo, existen diversas defensas que pueden usarse para superar estos casos, de las cuales podrá valerse el abogado defensor, a fin de asegurarse que los derechos de su defendido se encuentren protegidos.

Algunos de estos argumentos son los siguientes:

  • El acusado es dueño del bien: Es necesario aclarar que una acusación por vandalismo va a prosperar, solo cuando este bien le pertenece a otra persona. De forma que, si el acusado es el único propietario del bien (no debe compartirlo con otros), ya que, al ser únicamente suya, no será condenado por este ilícito.
  • El acusado daño la propiedad producto de un accidente: Una persona solo podrá ser condenada por este delito, si realiza el acto de manera maliciosa, lo que significa que debe actuar con total intención de cometer este hecho ilícito. Pero, si se dio producto de un incidente, entonces se considerará que no se violaron las normas que regulan el vandalismo.
  • El acusado fue identificado de forma errónea: En muchas oportunidades, debido al parecido físico existente entre varias personas, es probable que se den errores al momento de identificar al sujeto que en realidad cometió el delito. De igual modo, puede suceder que un sujeto, basándose en diversas especulaciones acuse a una persona de dañar su bien, aun cuando no lo observó realizando el daño.
  • Fue acusado falsamente: Los sentimientos causados por la ira, celos o venganza ocasionan que los sujetos realicen acusaciones falsas en contra de otro individuo. Esto suele ocurrir en aquellos problemas domésticos, donde una de las partes, en un intento de intervenir a la otra o causarle problemas, destruye su propiedad, para posteriormente culpar a su pareja por un acto que esta no realizó.

En cualquier situación, lo más recomendable es contar con la ayuda de un buen abogado que evalúe el caso, y que elabore los argumentos adecuados para tratar de obtener los resultados que más favorezcan a su cliente.

¿Cómo puedo comunicarme con un abogado experto en el área cerca de mí?

Es importante que tenga en cuenta que el dañar, destruir o alterar la propiedad perteneciente a otra persona es un delito en el Estado de California, se regula en el Código Penal como vandalismo. Este ilícito podrá ser procesado por el Fiscal como delito mayor o menor de acuerdo a su discreción, lo cual podrá generar diversas consecuencias negativas.

En caso de que usted o un familiar se encuentre en Orange County, CA y este siendo acusado por el delito de Vandalismo, debe comunicarse inmediatamente con el escritorio jurídico Orange County Criminal Attorney Law Firm, quienes tienen amplia experiencia en este tipo de situaciones, además que cuenta con los mejores abogados que le prestaran su asesoría en todo el proceso, y elaborarán los argumentos de defensa más adecuadas a su caso.

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