Robar una propiedad lógicamente es un hecho castigado por la ley, pero también lo es recibir bienes que sabe que fueron robados, y contrario a lo que muchos piensan, este no siempre es un delito menor, ya que potencialmente puede llegar a constituir un delito grave.
De acuerdo a lo anterior, cabría preguntarnos si comprar un teléfono, de alguien que no sabía que lo había robado, o incluso ayudar a un amigo a vender ese teléfono sin saber que su amigo lo robó es un delito o no. Ello lo responderemos más adelante en el presente artículo.
Pero antes de iniciar, es importante advertir que, si lo acusan de recepción de propiedad robada, se está enfrentando a un escenario legal muy serio, ya que las sanciones previstas por la ley para este delito son severas y podría conllevar un tiempo de cárcel bastante considerable. Por ello, nuestra recomendación es que ante el evento de enfrentar este cargo penal, busque ayuda legal inmediata. Si está en Orange County California, puede llamar a las oficinas de Orange County Criminal Attorney Law Firm para que uno de nuestros abogados vea cómo podemos ayudar.
¿Cuál es la ley que prevé este delito en California?
Recibir un bien robado es un delito en California de acuerdo con la disposición legal 496 de la ley penal, pero ¿qué es exactamente lo que esta ley considera un delito? Pues dicho estatuto considera un delito comprar, recibir, ocultar, vender, retener, o ayudar a vender, ocultar o retener un bien robado u obtenido a través de extorsión, siempre que la persona que realice tales acciones conozca que en efecto se trataba de un bien robado o que se obtuvo de una extorsión.
En ese sentido, en los términos planteados por la ley, es un delito que, conociendo que un teléfono fue robado, usted aun así lo compre o lo ayude a vender, pero si usted no tenía tal conocimiento, el hecho no constituye un delito. Es decir, si se configuró o no un crimen, gira básicamente en torno a si el acusado sabía que lo que estaba recibiendo era una propiedad robada u obtenida por medio de extorsión.
En palabras más simples, este delito se configura si en un mismo hecho se dan las siguientes circunstancias:
- La persona recibió un bien robado o que se obtuvo mediante extorsión
- Las persona cuando lo recibió conocía que el bien era robado u obtenido mediante extorsión
Siendo el segundo supuesto el elemento más relevante, por cuánto determina si se configuró o no el delito.
¿Qué tiene que demostrar la parte acusadora para que se determine mi culpabilidad?
La parte acusadora debe demostrar que en el hecho que se investiga tuvieron lugar los dos supuestos que la ley exige para que se configure el delito, los cuales son precisamente los que nombramos en líneas anteriores, vale decir:
- La persona recibió un bien robado o que se obtuvo mediante extorsión
- Las persona cuando lo recibió conocía que el bien era robado u obtenido mediante extorsión
Veamos los aspectos legales más relevantes sobre estas dos circunstancias.
La persona recibió un bien robado o que se obtuvo mediante extorsión
Lo primero que debemos precisar sobre esta circunstancia o elemento del delito es que, a los efectos de la ley “recibir” implica tener el control de la propiedad, lo que puede entenderse de manera bastante amplia, ya que una persona que tenga en sus manos un bien que robó alguien más, está en control de esa propiedad, pero permitir que guarden en su garaje la propiedad, por brindar un ejemplo, es también tener bajo su control la misma.
Otro aspecto importante es que cuando la ley habla de “propiedad robada” se refiere a la propiedad que se ha obtenido por medio de alguno de los crímenes de hurto que tipifica el Código Penal o también mediante la extorsión.
La persona cuando lo recibió conocía que el bien era robado u obtenido mediante extorsión
Como lo mencionamos en líneas anteriores, el conocimiento es el elemento relevante del delito, porque ayudar a un amigo a vender un teléfono robado no es un delito si usted lo hizo inocentemente, es decir, sin conocer el hecho de que el teléfono es robado. De modo que, como veremos más adelante, la ausencia de este conocimiento es un mecanismo de defensa que se puede emplear en la corte para luchar contra los cargos por este delito.
¿Hay otros delitos que se derivan del de recepción de propiedad robada?
Sí los hay, y es importante que conozca cuáles son estos delitos. Como lo mencionamos en líneas anteriores, este delito está establecido en la sección 496 del Código Penal, pero el mismo tiene otros apartados que prevén este mismo delito pero con supuestos legales más específicos o concretos, pues dependiendo del tipo de propiedad usted puede ser acusado bajo la sección 496 (b), la 496a (a) o la 496d (a), estas son las principales, pero hay otras secciones cuyos delitos son menos comunes.
Veamos por ejemplo la sección 496(b) de la ley penal, de acuerdo con la misma es un delito ser comerciante o recolector de bienes personales usados y comprar o intercambiar con otra persona un bien que sabe que fue robado o al menos tiene sospechas de que lo es y bajo esa sospecha no realiza una investigación razonable para indagar si lo es o no.
Ahora, si lo que recibió fue cables, cobre, soldadura, plomo, mercurio, latón o hierro, que sabe que fueron robados, o al menos tiene sospecha de que fueron robados y aun así no investigó para asegurarse que no lo fueran, la sección por la cual lo podrían acusar es la 496a(a)
Si la propiedad que le acusan de recibir a sabiendas de que es robado es un vehículo, entonces los cargos que se presentan son según la sección 496d(a), y esta sección además de vehículos incluye también: remolques, equipos de construcción y embarcaciones.
De modo que si le imputaron bajo estas leyes, enfrenta un cargo por recepción de propiedad robada, pero por circunstancias más específicas y concretas, cuyos elementos que deben probar la parte acusadora y sanciones a las que se enfrenta pueden llegar a ser diferentes.
¿Me pueden acusar por este delito y por robo al mismo tiempo?
Por disposición expresa de la norma que regula este delito cuando la persona acusada de cometerlo sea también el autor del robó de la propiedad, puede ser acusada en vez de robo, por recepción de propiedad robada, siempre que se cumplan los supuestos que exige la ley, pero NO se puede condenar por un delito y por el otro simultáneamente.
Sin embargo, tenga en cuenta que si recibió distintas propiedades en diferentes oportunidades, es posible que lo acusen y condenen por más de un cargo por recepción de bienes robados, lo que haría que su sentencia final sea muy devastadora. No obstante, si recibió varias propiedades en una sola ocasión, únicamente le puede acusar de un cargo.
¿Cuáles son las sanciones previstas por la sección 496 PC?
Lejos de lo que la mayoría de las personas piensan, este delito no necesariamente se imputa por cargos menores, ya que la ley prevé que cuando se trata de un bien o bienes que no superan la cantidad de $950, el delito ciertamente es menor, pero al superar ese valor es un “wobbler” que significa que puede cobrarse como menor o grave dependiendo de: los detalles del caso (en lo que comúnmente cobra más importancia el valor del bien) y el historial criminal del acusado. Es decir, recibir bienes robados potencialmente puede constituir un cargo por delito grave.
Ahora bien, sepa que incluso si se trata de un delito menor, las sanciones son muy serias, pues de ser el caso la ley prevé que el hecho se puede castigar de la siguiente manera:
- Libertad provisional informal
- Hasta un año de cárcel
- Multa no mayor a $1.000
Es decir, las sanciones por un cargo menor son igualmente rigurosas. Pero cuando el hecho punible se carga como grave, el escenario es mucho más complicado, porque en esos casos la ley prevé que al acusado encontrado como culpable se le castigue con:
- Libertad provisional formal
- Hasta tres años de cárcel
- Multa no mayor a $10.000
Cabe aclarar que los jueces no necesariamente deben aplicar todas las sanciones, ya que pueden en todo caso aplicar una, varias o todas.
Ahora ¿cuál es la diferencia entre libertad condicional provisional formal e informal? Pues que en la primera el sujeto a dicho régimen tiene que acudir de forma regular a presentarse con un oficial encargado para vigilarlo, y adicionalmente cumplir con las condiciones que le impuso u ordenó el juez; pero en la segunda, si bien tiene que también cumplir con las condiciones impuestas a su régimen condicional, no tiene que acudir regularmente a un oficial para que lo vigile.
¿Una condena por este delito afecta de alguna forma mi estatus migratorio?
Si usted no es un ciudadano estadounidense y le acusaron por este delito, su escenario legal es más complicado, ya que enfrentarse a que lo encuentren culpable por el mismo en juicio es también enfrentarse a una deportación o que lo declaren inadmisible, y como consecuencia de ello lo expulsen del país y no le permitan volver, incluso si tu estatus actual es legal, tiene mucho tiempo viviendo en el país, es inversionista, tiene propiedades, o sus hijos dependientes son estadounidenses, nada de ello es impedimento para que el juez emita una orden de deportación.
Esto es así porque conforme con la Ley de Inmigración y Nacionalidad Federal, este delito entra en la categoría de crímenes de depravación o vileza moral que se constituyen como “deportables”, y solo basta que lo encuentren culpable del mismo para que el juez emita la orden de deportación.
A los fines informativos, un crimen de depravación o vileza moral es aquel que conlleva una conducta deshonesta.
¿Puedo perder mi derecho a poseer, adquirir, comprar o tener bajo mi control armas de fuego si me encuentran culpable de este delito?
Ser encontrado culpable de este delito puede implicar también la pérdida de sus derechos de armas, siempre que el hecho punible se haya tratado como delito grave, ya que según las leyes de California las personas que sean condenadas por un delito menor no pueden luego de su condena poseer, adquirir, comprar o tener bajo su control armas de fuego, y si lo hace, ello implica un delito en sí mismo tipificado en la ley penal y por el cual también podría enfrentarse a sanciones muy severas.
¿Es posible eliminar una condena por este delito de mi historial criminal?
Sí es posible, pero para hacerlo debe cumplir con el requisito de haber completado con éxito su período de probación o libertad provisional, aunque también existe la posibilidad de solicitar que terminen anticipadamente ese período, siempre que ya hayan completado las condiciones impuestas por el juez que la otorgó, por ejemplo, terminó el programa de desviación de la delincuencia u otro impuesto por el juez.
¿Cómo se hace una eliminación de condenas? Para ello debe redactar una solicitud, acompañar la documentación necesaria, y presentarla ante un juez, éste debe notificar a la fiscalía sobre que recibió una solicitud o petición de eliminación y dicho ente, si lo considera necesario o viable, puede oponerse a que el juez ordene la eliminación de la condena como lo solicita, y en ese caso se llevará a cabo una audiencia cuya finalidad u objeto es determinar si la petición que realiza es procedente o no.
De modo que, para realizar este tipo de trámites es muy importante contar con la representación legal de un abogado con experiencia realizando este tipo de peticiones, pues muchas solicitudes son negadas o se estanca, por ejemplo, en virtud de falta de documentación, y ante la posibilidad de una audiencia debe prepararse para defender su petición frente al juez, lo que sería más sencillo con un abogado a cargo.
Un aspecto que debe saber sobre la eliminación es que está no hará desaparecer completamente su condena, sino que cuando aparezca la información disponible será que el caso se desestimó, en vez de que usted fue hallado culpable. Sin embargo, ello aún así implica un alivio en muchos aspectos que se complican posterior a la condena, como el hecho de no conseguir un buen empleo o un lugar para alquilar.
De cualquier modo, si necesita asesoría legal para efectuar este trámite en Orange County California, comuníquese con nuestro equipo legal para que, previa revisión de su caso, empiece el trámite de eliminación o le asesore sobre otro proceso de alivio posterior a la condena.
¿Cuáles son las defensas que emplean comúnmente los abogados de defensa criminal para desvirtuar estos cargos?
Aplicar una defensa depende de los detalles de su caso en concreto, dado que el escenario legal de cada persona es distinto y por ende lo ideal es evaluarlo para determinar qué defensa va a tener mejores resultados, y en virtud de ello, recalcamos la importancia de contratar un abogado para que, de acuerdo con sus conocimientos especializados, experiencia en el área y evaluación del caso determine cuál será la estrategia más adaptada a su escenario concreto.
Ahora bien, en cuanto a las defensas comunes, algunas de las que más se utilizan según la experiencia de nuestros abogados son las siguientes:
- Violación de derechos Miranda
- Reclamo de propiedad
- Lo acusaron falsamente
- Intención inocente
- Ausencia de conocimiento
Veamos de qué se tratan estas defensas:
Violación de derechos Miranda
Cuando es arrestado los oficiales deben hacerle saber cuáles son sus derechos, y de no hacerlo o de negarse a garantizarlos, se entiende que han sido violados, y ello tiene efectos negativos para la parte acusadora ante la corte, ya que todo lo que haya derivado de la violación de esos derechos es ilegal. Entonces por ejemplo, si no le informaron que tenía derecho a permanecer en silencio y dijo cosas que le perjudican y auto incriminan, ello no podrá ser utilizado en su contra ante el tribunal que conozca del caso, ya que tales dichos se deben suprimir de la evidencia siempre que se demuestre que, cuando lo arrestaron, el oficial que le detuvo no le hizo saber que puede ampararse en su derecho a permanecer en silencio.
Suprimir evidencia debilita el caso y ello le favorece a usted, por tanto, es una estrategia muy aplicada.
Reclamo de propiedad
Tomar la propiedad a la que pensó que tenía derecho también es un alegato que sirve para defenderse de acusaciones de este tipo, y ello precisamente significa reclamo de propiedad.
Lo acusaron falsamente
Plantar pruebas para incriminar a alguien en este delito, aunque pareciera ser una situación poco frecuente, es un escenario muy común, muchas veces se hace con la intención de desviar la atención de las autoridades lejos de quien es realmente culpable. En estos casos es muy importante contar con un abogado para que ayude a descubrir la verdad con pruebas que debiliten o contradigan las que se presentaron en su contra.
Intención inocente
Supongamos que usted sabe que a su amiga le robaron un teléfono en una calle peligrosa, días después ve un anuncio donde una persona publicó que vendía dicho teléfono, usted concreta con el supuesto vendedor un lugar para recibir el teléfono y entregar el pago del precio por el mismo, pero realmente fue una trampa para confrontarlo y recuperar el teléfono, sin embargo, las autoridades investigan encubierta al vendedor, y una vez usted recibe el teléfono robado en sus manos arrestan tanto a quien lo hurtó como a usted.
En ese caso, su abogado de defensa criminal puede alegar que su intención no era maliciosa pues no pretendía recibir una propiedad robada, sino que más bien tenía un propósito inocente al intentar recuperar el teléfono para entregárselo a su dueño.
Ausencia de conocimiento
Como lo mencionamos anteriormente, el elemento relevante que la parte acusadora debe demostrar ante el juez para que lo condenen, es que usted sabía al momento de recibir la propiedad que la misma era robada, pues no se puede sancionar o responsabilizar penalmente a alguien que no tenía idea de que compraba un teléfono robado.
De modo que, si un amigo le pide el favor de ayudarle a vender un teléfono, y usted no sabía que este lo robó, su abogado puede emplear esta defensa a su favor.
Aun si cometió el delito del que se le acusa es muy importante que hable con un abogado para ver cómo se pueden aminorar significativamente las consecuencias legales, pues aún sigue siendo posible que su abogado convenza al juez de otorgarle libertad condicional, o puede llegar a un acuerdo con la parte acusadora, opciones que tienen más probabilidad de obtenerse si cuenta con una buena representación legal.
Además, tenga en cuenta que en muchas ocasiones basta una buena estrategia para lograr que los cargos sean desestimados, aun cuando existan muchas pruebas en su contra, lo importante es que cuente con la representación legal adecuada de un abogado en la materia del delito y que contrate sus servicios pronto, porque en estos casos el tiempo apremia.
Conseguir ayuda legal de un abogado en materia de crímenes de hurto cerca de mí
Las consecuencias legales por recepción de propiedad robada son muy severas, al igual que lo es un robo propiamente dicho, y por ende no debe restarle importancia al hecho y menos aún dejarlo en manos de abogados de defensa pública que por su trabajo excesivo no son capaces de tratar de manera personalizada el caso y darle el seguimiento debido.
En Orange County Criminal Attorney Law Firm encontrará la ayuda legal que necesita, solo debe comunicarse a través del 714-831-1858 e inmediatamente agendaremos una cita lo más pronto posible para que un abogado en Orange County California revise su caso y se ponga a trabajar en una estrategia adecuada a este. Llámenos pronto, recuerde que ante acusaciones penales es vital mantener el tiempo a su favor.