Conducir incurriendo en una de las prohibiciones de DUI es una acción que se castiga con bastante severidad, pero hacerlo con un menor de 14 años a bordo hace que su situación legal se vuelva más compleja. 

En California dicho escenario se prevé como agravante del delito, lo cual significa que, de incurrir en ese supuesto, deberá enfrentarse a una sentencia condenatoria adicional y consecutiva a las sanciones que se apliquen por el cargo de DUI. De allí que siempre recomendamos no restarle importancia a ninguna acusación porque puede contener aspectos legales que si se ignoran, complican más el caso en concreto, como lo que ocurre con la agravante establecida en la disposición 23572 del Código Vehicular.


¿Fue acusado por DUI en el que se involucró a un niño menor de 14 años?

Si ese es su caso y se encuentra Orange County, comuníquese pronto con Orange County Criminal Attorney Law Firm para que uno de nuestros abogados especialistas en DUI evalúe los detalles que rodean el hecho y trabaje lo antes posible en sus posibles defensas. 

Tenga en cuenta que una condena por este hecho punible es bastante seria y no depende del grado de alcohol en el organismo, de la forma en que conducía, o de si tenía o no intenciones de poner en peligro al menor. ¡Contáctenos ahora mismo! 

¿Cuál es mi situación legal si me detuvieron por DUI conduciendo con un menor de 14 años dentro del auto?

Según el Código Vehicular de California en su sección 23572 establece que por tener un menor de 14 años de edad a bordo de un vehículo mientras se conduce bajo la influencia de alcohol o drogas, podrá imponerse un castigo adicional. 

En esos términos, el escenario en que una persona conduzca un auto estando bajo los efectos de bebidas embriagantes o sustancias controladas con un menor de 14 años como pasajero, será condenado por DUI y a su vez podría tener que cumplir con una pena de prisión extra a la que prevé la sentencia principal. 

Al cometer esta acción, evidentemente se pone en riesgo al menor, por lo que también podría enfrentar una acusación por peligro de menores independientemente de la edad del niño siempre que no haya cumplido los 18 años. 

En ambos casos su situación legal será bastante compleja, pudiendo incluso perder la custodia de su hijo si era éste quien se transportaba con usted cuando fue detenido por DUI.

¿Me pueden condenar por DUI con pasajeros menores de 14 años y Peligro de Menores simultáneamente?

Para que se tenga un contexto más amplio sobre lo que implica el Peligro de Menores, es necesario señalar que el mismo se configura cuando una persona coloca a un menor de 18 años en una situación en que su salud, bienestar o integridad física se vea comprometida o en riesgo, tal es el caso en el que un individuo conduzca un automóvil bajo los efectos del alcohol con un menor en el auto, aunque dicha acción no haya derivado en un accidente, pues se colocó al niño en un estado de peligro.  

Ahora bien, respecto a la pregunta de si una persona puede ser condenada tanto por el aumento de sentencia objeto de análisis como de Peligro de Menores, la respuesta es NO. Y de hecho así lo señala la misma norma 23572 VC cuando expresa que no se impondrá ningún aumento de castigo si la persona es condenada por una violación de la sección 273(a) PC la cual regula todo lo concerniente al Peligro de Menores. Esto es así porque a los efectos de la ley se entiende que una persona no puede ser juzgada dos veces por un mismo hecho. 

Nota: A pesar de lo anterior, cabe aclarar que si bien una persona no puede ser objeto de un aumento de sentencia de conformidad con el artículo 23572 VC y una condena por Peligro de Menores al mismo tiempo, sí puede ser condenada por DUI en circunstancias ordinarias y Peligro de Menores a la vez.

¿Cuál es elescenario legalmás comúnen estos casos?

El escenario legal que puede enfrentar dependerá de las circunstancias que rodean el caso en concreto, por ejemplo, si el niño tiene 15 años no resultará procedente aplicar el aumento de una sentencia por DUI, pero dado a que el Peligro de Menores comprende cualquier menor que no haya cumplido los 18 años entonces el Fiscal probablemente vaya a optar por acusarle de ese delito y de DUI ordinario. 

Por lo general los Fiscales suelen observar los detalles específicos del caso para determinar el grado de gravedad con la que actuó el autor de la conducta, si el mismo es considerable probablemente le acuse de Peligro de Menores, pero si se trató de un hecho que no es de gran magnitud entonces le acusará de DUI con el aumento de sentencia a la que refiere el 23572 VC para llamar a la conciencia del conductor.

En síntesis, los Fiscales para formular su acusación normalmente evalúan los siguientes aspectos: 

  1. La procedencia o no de ambos delitos
  2. La gravedad de la trasgresión cometida

Además cabe aclarar que el Fiscal en todo caso lo podrá acusar por ambos delitos pero al final, si ambos resultan procedentes en derecho, se deberá determinar cuál de ambas condenas deberá cumplir.

¿Qué debe demostrar el Fiscal de la acusación para que me apliquen un aumento de sentencia por el factor agravante de tener pasajeros menores de 14 años?

Como ya lo hemos señalado, la aplicación de la sección 23572 VC se trata de un aumento de la sentencia de DUI por existir un factor agravante en el hecho, por lo que el Fiscal deberá demostrar dos elementos a saber:

  1. La procedencia en derecho de una condena por DUI; y
  2. Que la comisión del antes dicho delito se realizó con un menor de 14 años a bordo.

En esos términos ¿Qué debe demostrar la Fiscalía para que una condena por DUI sea procedente? Pues bien, lo que deba demostrar el Fiscal dependerá del cargo de DUI por el cual le acusan, ya que cada delito tiene sus elementos de procedencia propios. Así por ejemplo si lo acusan de conducir bajo la influencia de alcohol o drogas el Fiscal deberá probar:

  • Que usted conducía un vehículo; y
  • Que sus habilidades para conducir se vieron afectadas por el consumo de alcohol o droga, al punto que no era seguro que usted manejara el auto.

Si se trata de DUI estándar, además del elemento de conducir un vehículo, es necesario que se pruebe que su nivel de BAC fue de 0.08%. 

Determinada la procedencia de una condena por DUI, el Fiscal sólo deberá demostrar que además de la comisión de ese delito, usted llevaba como pasajero en el vehículo a un menor de 14 años. A tales fines, la Fiscalía se podrá valer de cualquier medio probatorio en el que conste dicho escenario, tales como: las declaraciones de la policía, testigos que presenciaron los hechos y cámaras de seguridad que captaron en video lo que ocurrió. 

¿Quéaumentode sentencia se impone por DUI con pasajeros menores de 14 años?

El aumento aplicable dependerá de si usted cometió crímenes previos por DUI, en cuyo caso se incrementa el tiempo en prisión por cada condena previa que aparezca registrada en sus antecedentes penales, según las siguientes reglas:

  • Por una primera ofensa de DUI: el aumento será de 2 días de prisión.
  • Por una segunda ofensa de DUI: el aumento será de 10 días de prisión.
  • Por una tercera ofensa de DUI: el aumento será de 30 días de prisión.
  • A partir de la cuarta ofensa por DUI: el aumento será de 90 días de prisión (siempre que se trate de un delito menor, ya que si es un delito grave no se aplica lo previsto en la disposición 23572 VC).

Todas las condenas antes señaladas son adicionales y consecutivas a la sentencia principal que corresponda por DUI, y además deberá cumplirse de forma obligatoria en la prisión. Cabe señalar que las ofensas sólo se cuentan si ocurrieron dentro de los 10 años anteriores con relación a su actual caso de DUI.  

¿Podría perder la custodia si mi hijo era el pasajero menor de 14 años que llevaba en el auto?

Lo primero que hay que tener en cuenta es que estos escenarios son un blanco fácil si tiene problemas con su ex pareja, quien podría aprovechar las circunstancias legales que enfrenta para formular todo tipo de acusaciones en su contra en torno al peligro en el que se expuso al menor por su acción, todo con el objetivo de quitarle la custodia de sus hijos, o recibir un arreglo más favorable en el acuerdo del divorcio. Lo cual es muy común en estos casos.

Ahora bien, un delito por DUI en el que se involucró a su hijo menor de 14 años es motivo suficiente para que se involucre el Servicio de Protección Infantil, también conocido como “CPS” por las siglas de su nombre en inglés, en cuyo caso evaluarán la situación del menor en el hogar, y si encuentra que no es seguro para él permanecer allí, entonces lo removerán del seno de su familia y le colocará una sustituta.   

Bajo dicho escenario, es determinante que usted se asesore con un abogado especialista en la materia que le indique cómo actuar ante la intervención del CPS a fin de evitar dar una mala impresión a las personas del servicio de protección y reducir el riesgo de que el niño deba ser separado del núcleo familiar.

¿Qué acciones debo tomar si soy arrestado por DUI con un pasajero menor de 14 años?

De ser detenido bajo la sospecha de DUI, es importante que coopere con las autoridades y no se niegue a realización de pruebas químicas (a menos que crea insuficiente los motivos del oficial para haber detenido su auto en la carretera), ya que hacer todo lo contrario, podría conllevar la imposición de otros cargos, tal como resistencia al arresto, y complicar más su situación legal. 

Otra acción que debe tomar es no brindar explicaciones de ningún tipo, lo ideal es que usted se ampare en su derecho a permanecer en silencio. A menudo, los casos se complican porque los acusados intentan dar explicaciones para justificar sus acciones sin conocer los aspectos legales de lo que dicen y que más adelante cualquiera de esas afirmaciones podrá ser usada en su contra ante la Corte. 

También puede anotar en un papel o en su teléfono todo lo que recuerde de su arresto porque cada detalle por mínimo que parezca, puede ser relevante para el caso. Preferiblemente anote paso a paso con extremo lujo de detalle lo siguiente: qué motivos le dio el oficial para su detención, cómo le realizaron la prueba química de DUI, el lugar exacto y la hora en que fue arrestado, y todo lo que pueda recordar, ya que más adelante le será de ayuda a su abogado defensor.

Y por último, llame un abogado especialista en DUI lo antes posible, entre más rápido lo haga mejor, ya que así tendrá una ventaja de tiempo sobre su caso para trabajar en sus posibles defensas que ayudarán a combatir las acusaciones por DUI en su contra y evitar la aplicación de la agravante de sentencia o que a raíz de dicha situación se inicie toda una batalla legal respecto a la custodia de sus hijos.    

¿Cómo puedo defenderme en estos casos?

Como lo referíamos en líneas anteriores, un aumento de sentencia por DUI teniendo un pasajero menor de 14 años únicamente tiene lugar si se ha declarado procedente la condena por DUI, por tanto, para evitar dicha mejora, su abogado defensor debe emplear defensas es en torno al cargo de DUI del cual fue acusado.

En ese sentido, las siguientes son estrategias de defensas que comúnmente se emplean para combatir acusaciones por DUI:

  • Su detención no tuvo una causa probable
  • Su BAC estaba en aumento
  • Resultados inexactos
  • Irregularidades en el procedimiento de arresto
  • El vehículo no estaba en movimiento
  • Su nivel de BAC se debió a una fuente de alcohol distinta a la de bebidas alcohólicas
  • Las pruebas de sobriedad en el campo (FST) no miden con precisión el deterioro de las habilidades para conducir
  • Acuerdo de culpabilidad

Su detención no tuvo una causa probable 

Para que una persona sea detenida por sospechas de DUI es necesario que el oficial a cargo fundamente dicha suposición en un motivo razonable y válido, de lo contrario, estaría abusando de su autoridad y su abogado defensor podría alegar que la detención no procedió bajo una causa probable, en virtud de lo cual el Juez forzosamente podría tener que desestimar los cargos formulados.  

Su BAC estaba en aumento

Cuando se ingiere una bebida alcohólica el nivel de BAC aumenta de forma muy rápida y constantemente hasta alcanzar su nivel máximo, en ese instante su BAC está en aumento. Por lo general, se necesitan aproximadamente 50 minutos para que el organismo absorba por completo el alcohol, sin embargo esto dependerá de diferentes factores.

Ahora bien, supongamos que usted tomó unos tragos en la fiesta del cumpleaños de su amigo(a), unos minutos después se subió a su auto para manejar hacia su casa que estaba a dos cuadras del lugar donde se realizaba la celebración, en ello lo detiene un oficial de la policía por conducir en exceso de velocidad, se da cuenta de que además estaba consumiendo alcohol y empieza el proceso de investigación por DUI, al momento en que le hacen la prueba su BAC llega a 0.09%. 

En este caso, el alcohol en la sangre para el momento en que conducía no se había absorbido completamente, por tanto, seguramente era mucho menor al porcentaje de BAC que arrojó la prueba química practicada horas más tarde. Si dicha circunstancia es probada por su abogado defensor mediante la comprobación de la línea de tiempo será posible alegar que usted estaba dentro del límite legal de alcohol en la sangre al momento en que conducía, y en consecuencia su cargo podrá ser desestimado.

Resultados inexactos

Las pruebas químicas que realizan los oficiales de la policía en estos casos no siempre se pueden tomar como fidedignas, todo lo contrario, existen muchos factores que causan resultados alterados o inexactos, por ejemplo: porque el equipo estaba contaminado, no hubo un manejo adecuado de la muestra o que la misma se haya extraído de forma inadecuada. 

Irregularidades en el procedimiento de arresto

Los oficiales de la policía deben cumplir cabalmente con todas las normas que regulan los procedimientos relacionados con un DUI, por ejemplo, explicarle los derechos miranda y observarlo con detenimiento durante 15 minutos antes de realizarle la prueba del alcoholímetro, ya que de haber omitido algún requerimiento legalmente establecido todo el procedimiento estaría viciado y el Juez se verá en la obligación de desestimar su caso. 

De allí que sea importante anotar todos los detalles de cómo se llevó a cabo el procedimiento mientras tenga el recuerdo fresco en su memoria, para que pueda proveer a su abogado toda la información necesaria que le ayudará a defenderlo.

El vehículo no estaba en movimiento

Un cargo por DUI, sin importar bajo qué disposición legal se basa, sólo tiene lugar si usted conducía un vehículo, de lo contrario, si simplemente estaba estacionado y aunque usted se encontrará dentro del auto en el asiento del conductor, el cargo formulado en su contra no será procedente. 

Muchas veces los oficiales de la policía colocan en el informe policial cualquier cosa para incriminarlo, sin embargo, su abogado puede valerse de pruebas tales como videos de cámaras de seguridad, para derribar las acusaciones en su contra.  

Su nivel de BAC se debió a una fuente de alcohol distinta a las de bebidas alcohólicas

Las bebidas alcohólicas no son la única fuente de alcohol existente, otras sustancias comunes también lo son, por ejemplo, el enjuague bucal, fármacos y ciertas condiciones médicas como hipoglucemia, diabetes, y dietas altas en proteínas, por las cuales usted no puede ser objeto de sanciones por DUI. 

Las pruebas de sobriedad en el campo (FST) no miden con precisión el deterioro de las habilidades para conducir

En el caso específico de que a usted le acusen de conducir en estado de ebriedad o drogado, lo determinante para su condena es que se pruebe que, aunque no excediera el límite de BAC establecido, sus habilidades físicas y mentales para conducir estaban deterioradas. Para ello usualmente el Fiscal se basa en las FST que le realizó el oficial de la policía, las cuales no suelen ser muy precisas, por ejemplo, si el agente determina que usted no tenía equilibrio, su abogado defensor puede alegar que usted estaba nervioso, pero no necesariamente significa que sus habilidades estaban deterioradas. 

Acuerdo de culpabilidad

Esta es una estrategia que emplea su abogado defensor para mediar un acuerdo con el Fiscal en el que usted se declare culpable por un cargo reducido que conlleve menores consecuencias legales. Por ejemplo, si el abogado defensor logra que su cargo de DUI sea disminuido a conducción imprudente con presencia de alcohol (mejor conocido como wet reckless) ya no será aplicable el aumento de sentencia a la que refiere la disposición 23572 VC.

¿Enfrenta acusaciones por DUI en el que se involucró a un menor de 14 años? 

Además de las consecuencias por DUI que de por sí ya son bastantes severas, todo delito que involucre un menor de edad conlleva una situación legal compleja, más aún cuando presenta diferencias con su ex pareja, ya que la misma podría sacar provecho del escenario que enfrenta para lograr ciertos beneficios como quitarle la custodia de sus hijos. 

Por esa razón, una acusación de este tipo no debe ser tomada a la ligera, todo lo contrario, lo ideal es que acuda de inmediato a un abogado penalista que le asesore sobre su caso en concreto, y pueda trabajar a tiempo en las posibles defensas adecuadas para el mismo. Tenga en cuenta que usted por sí solo no puede luchar contra cargos de este tipo, ya que al no ser conocedor de las leyes, podría estar ignorando aspectos legales que deben ser tratados a tiempo y no se está haciendo. En su lugar por favor acuda a un abogado con experiencia y especializado en la materia. 

Si actualmente enfrenta acusaciones de esta índole en Orange County, puede comunicarse con nuestra firma de abogados Orange County Criminal Attorney Law Firm llamando ahora mismo al 714-831-1858 para recibir una asesoría legal completamente gratuita.